martes, 25 de enero de 2011

Ley sin ley


Una guerra sin cuartel en el que parece que sólo puede prevalecer uno se ha abierto en España con la llamada Ley Sinde. Son muchos los argumentos que se han oído en el último año y seamos sinceros, siempre intentando llevar a los ciudadanos a su territorio, obviando aquella parte del debate que no les viene bien a un bando. Ayer, los dos partidos mayoritarios, PSOE y PP, junto con CIU llegaron a un pacto para salvar la fase del Senado y por tanto continuar con los trámites con la ley, eso sí enmendada.

En primer lugar y por mi condición jurídica, tengo que plantearme la idoneidad de la norma. El Real Decreto Legislativo 1/1996 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual ya contempla dentro de su articulado la posibilidad de que la autoridad judicial puede acordar “la suspensión de la actividad de reproducción, distribución y comunicación pública”, entre otras medidas cautelares. Por tanto, ¿Qué necesidad hay de que sea ahora un órgano, el administrativo el que pueda imponer dicha decisión? La duplicidad de normas así como de procedimientos sólo conlleva a una burocracia mayor que imposibilita conseguir los fines de la misma. En relación con esto mismo, los conflictos entre libertad de expresión y propiedad intelectual no pueden dirimirse ante un órgano administrativo y menos hacer intervenir a una jurisdicción pensada en solucionar los conflictos entre la Administración y los ciudadanos, tal y como se deduce del artículo 1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 1998. He aquí uno de los graves problemas que plantea la modificación operada en la Disposición Final segunda del proyecto de Ley de Economía Sostenible, la mal llamada Ley Sinde porque no es una ley sino una Disposición Final (lo cual podría llevar a otro debate jurídico de la manía que tienen las Cortes Generales de legislar a través de disposiciones en leyes cuyo espíritu es totalmente distinto aprovechando por tanto la coyuntura). Los únicos sujetos que pueden restituir la legalidad son los jueces y a los tribunales de forma exclusiva, como dice el art. 117.3 de la Constitución Española. El ejercicio de decidir si se ha producido una vulneración de un derecho es función exclusiva de jueces y tribunales.  En ningún caso, la lucha contra la piratería puede provocar una rutptura del ordenamiento jurídico. Y esto, amigos, es grave no, lo siguiente.

La Ley Sinde no sólo permite el cierre de páginas web de descargas, sino la posibilidad de cerrar cualquier web. Desde este blog si las productoras les molesta que utilice sus imágenes por capricho o porque no quieran que hable mal de sus series (aunque luego nos piden opinión “gratuita”, no si en el fondo les hacemos una gran publicidad) hasta las páginas de conocidas cadenas de televisión que dudo mucho que respeten a raja tabla los derechos de propiedad intelectual de las series que emiten. Por ello, la trascendencia de la modificación va mucho más de que yo no pueda descargar una serie. Es muy peligroso lo extensiva que es, y no vale la prevision de “Aramis Sinde” de que sólo va dirigida a dos centenares de webs. Tal y como está recogido cualquiera que no quiera que su obra sea pública o que le moleste lo que se dice sobre ella puede denunciar una página si has puesto algo de él que esté protegido por el derecho de propiedad intelectual, estás perdido y da igual si te lucras con ello o lo haces por amor al arte. No se estará protegiendo "la remuneración del artista", sino que su regulación ha abierto una gran puerta a la censura.

Ahora bien, todo parece centrarse en una lucha protagonizada por artistas y “descargadores”. La solución dada, según muchos artistas, no es la correcta, pero es necesaria. Bien, pues como me decían a mí de pequeña: no puedes matar grillos a cañonazos. Que hay que hacer algo eso está claro. Pero cada problema tiene que tener una solución proporcional, no arbitraria y, sobre todo, acorde con las leyes. Hay que enfrentarse al problema con un debate serio y profundo. Adaptarnos todos: tanto consumidores como artistas no sólo es necesario, sino exigible. Muchos artistas argumentan que "la consigna del gratis total (...) condena a la creación artística a una supervivencia mendicante". Nadie dice que no se les deba pagar sus creaciones, pero no pueden evitar cómo se accede en la actualidad a los bienes culturales. Hay que redefinir tanto el acceso como el pago y para ello no podemos acudir a los extremos, ni unos ni otros. Los usuarios somos la víctima de una guerra entre industrias de todo tipo y partidos políticos para ver cuál es más fuerte o el más cabezón. Es necesaria una reflexión profunda sobre la libertad de expresión y propiedad intelectual, sobre el acceso a los bienes culturales, sobre la remuneración de las obras… Todo sin contaminación, sin malos humos y dentro del marco jurídico que tenemos.

De momento, la Ley Sinde superará con toda probabilidad su fase del Senado para luego ser estudiada por la comisión pertinente y ser objeto de aprobación final por el Congreso. Esta modificación no sólo no solucionará  el hecho de las descargas, al contrario lo ha agravado ya que ha abierto una importante brecha entre los bandos. Pero, por otro lado, hay una consecuencia muy preocupante: la quiebra de los principios jurídicos fundamentales de un Estado Social y Democrático de Derecho como es España (art. 1.1 de la Constitución Española) y aún más, parece no importarles, especialmente a  los políticos, aquellos que se les llena la boca hablando de la Carta Magna. Por uno y por otro motivo, expreso mi rechazo a la Ley Sinde.

3 comentarios:

bvalvarez dijo...

Muy interesante análisis, y además viniendo de una de mis blogueras preferidas ;). El "uso" de un órgano administrativo para realzar funciones tradicionalmente reservadas al poder judicial es lo que más miedo da de todo.

En la práctica, creo que la ley no podrá cambiar prácticamente nada. Más allá de las descargas, en las que no creo que radique el problema real a largo plazo, Internet ha supuesto una forma de ampliar no solo nuestro acceso a los contenidos, sino nuestra capacidad de elección a la hora de seleccionar qué consumimos y, lo que es más importante, qué y dónde lo adquirimos. No digo que no sea necesaria una reforma de la ley de Propiedad Intelectual (y no esta chapuza de "Ley no Ley", como bien explicas) sino una reflexión sobre los modelos de negocio y los márgenes de beneficio existentes en el mercado español. Saludos!

SR. WATANABE dijo...

Mientras sigan mirando hacia cualquier lado menos hacia las telefonías seguirán dando palos de ciego. El dinero que se deberían estar llevando los artistas continúan llevándoselo ellas.

Un artículo muy instructivo.

Saludos.

Jaime Grau dijo...

No quiero decir mucho sobre este tema porque es empezar y no parar... solo digo que me enciendo por dentro al ver la cantidad de dinero que se va a destinar al mantenimiento de un órgano para el cierre de webs para mantener un sistema no que funciona, en lugar de destinar ese dinero a crear una plataforma para promover el cambio en la industria que tanto necesita. Podría destinarse ese dinero a fomentar una especie de Spotify de series y películas (aunque sea de pago) totalmente legal, pero no, tienen que ir a contradirección para amarrarse a un modelo desfasado, y lo peor, lo hacen con leyes anticonstitucionales...